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Derechos de las víctimas – por país

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¿Puedo recurrir la sentencia si el acusado es declarado inocente?

¿Hay más posibilidades de recursos?

¿Qué derechos tengo durante la ejecución de la sentencia?

Más información

¿Puedo recurrir la sentencia si el acusado es declarado inocente?

Si Vd. ha presentado una demanda como parte civil (partie civile/burgerlijke partij) en un proceso penal, podrá interponer recurso si el órgano jurisdiccional desestima su demanda de indemnización por daños y perjuicios o si Vd. considera que la indemnización concedida es insuficiente. No podrá recurrir si el demandado es absuelto ni tampoco en el caso de que Vd. considere que la sentencia impuesta al acusado es demasiado clemente (el fiscal es el único que podrá recurrir en este supuesto).

Decida rápidamente, ya que por lo general en el proceso penal el plazo para la interposición de recursos es de 15 días. Se presentan en la secretaría (greffe/griffie) del órgano jurisdiccional que dictó la sentencia de que se trate. Puede obtener más información en la secretaría. Si interpone recurso, el asunto será examinado de nuevo por un órgano jurisdiccional superior. Se le notificarán los plazos y direcciones pertinentes. El procedimiento de recurso es similar al de primera instancia. No necesitará constituirse otra vez como parte civil en el procedimiento. Ahora bien, no podrá constituirse, por primera vez, como parte civil si el proceso se encuentra en la fase de recurso.

No cabe interponer un recurso pleno, esto es tanto sobre cuestiones de hecho como de Derecho (appel/hoger beroep), contra una resolución de un órgano jurisdiccional penal; únicamente se podrá interponer un recurso sobre las cuestiones de Derecho (pouvoi/voorziening) ante el Tribunal de Casación.

¿Hay más posibilidades de recursos?

Una sentencia que resuelve un recurso (appel/hoger beroep) no es susceptible de un nuevo recurso.

No es posible interponer recurso contra la resolución de un órgano jurisdiccional penal, si bien puede interponerse recurso sobre cuestiones de Derecho ante el Tribunal de Casación.

Este Tribunal no examinará los hechos del asunto, sino únicamente la posible existencia de errores procesales o la aplicación o interpretación incorrecta de la ley. Se limitará a confirmar o anular la resolución. No podrá reunir nuevas pruebas ni volver a juzgar el asunto. Si anula la resolución la someterá de nuevo a otro órgano jurisdiccional del mismo nivel del que la dictó inicialmente. La sentencia del Tribunal de Casación no es vinculante para el nuevo órgano jurisdiccional.

¿Qué derechos tengo durante la ejecución de la sentencia?

Es importante que sepa que, por el hecho de ser víctima, la sentencia no se le comunicará automáticamente (a menos que haya interpuesto demanda como parte civil en el proceso penal). Si Vd. o su abogado no estuvieron presentes en el momento en que el órgano jurisdiccional dictó sentencia, debe ponerse en contacto con las autoridades o pedir al personal del centro de asesoramiento jurídico (maison de justice/justitiehuis) que le informe.

En determinadas condiciones, puede solicitar, en su condición de víctima, información o ser oído sobre la forma de cumplimiento de la pena impuesta al autor del delito, por ejemplo, si se le concede un permiso penitenciario, el régimen semiabierto, la vigilancia electrónica, la puesta en libertad provisional con vistas a la deportación o entrega a otro país, o la libertad condicional.

Si ha intervenido en el procedimiento como parte civil y su demanda ha prosperado, podrá solicitar información o ser oída sobre la eventual concesión al condenado de medidas especiales para el cumplimento de la condena.

En caso contrario, podrá solicitar que se le reconozca su condición de víctima al Tribunal de ejecución de penas (tribunal d'application des peines/strafuitvoeringsrechtbank). Para admitir la solicitud dicho Tribunal debe apreciar que tiene Vd. un interés legítimo como víctima.

En determinadas condiciones, tiene Vd. derecho, como víctima, a:

  • recibir información sobre las decisiones relativas a la ejecución de la sentencia (incluida la libertad provisional, la vigilancia electrónica, la libertad condicional, etc.);
  • proponer condiciones concretas que puedan imponerse al infractor;
  • ser oída en relación con las condiciones concretas que puedan imponerse, en interés de la víctima, al autor del delito.

Por ejemplo, puede solicitar:

  • ser oído por el órgano jurisdiccional en relación con las condiciones que puedan imponerse al autor del delito en el caso de que se decida aplicar la vigilancia electrónica;
  • que el órgano jurisdiccional le notifique la concesión de la libertad condicional al autor del delito ;
  • ser informado si el Ministro de Justicia adopta la decisión de conceder la libertad provisional al autor del delito.

Para ejercitar estos derechos deberá rellenar y firmar el formulario de declaración de la víctima y entregarlo en mano o enviarlo a la secretaría del Tribunal de ejecución de sentencias o a un centro de asesoramiento jurídico.

En las vistas del Tribunal de ejecución de sentencias puede estar asistido o representado por un letrado. A la hora de asistir a una vista, también puede recibir asistencia de alguna de las organizaciones de ayuda a las víctimas reconocidas oficialmente, de un servicio de apoyo a las víctimas o de la oficina de acogida a las víctimas que existe en el tribunal.

Puede solicitar más información a los centros de asesoramiento jurídico, las oficinas de acogida a las víctimas o a su abogado.

También se puede recurrir a la mediación durante y después de la ejecución de la sentencia, con independencia de que el condenado esté privado de libertad o no.

Más información

  • Ley sobre el estatuto jurídico externo de las personas condenadas a una pena de privación de libertad y sobre los derechos de las víctimas en relación con la notificación de la sentencia – en francés o neerlandés.
Última actualización: 16/12/2015

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