Acusados (procedimientos penales)

Malta

Sadržaj omogućio
Malta

A. ¿El hecho de ser extranjero afecta a la investigación?

Puede ejercerse una acción penal contra cualquier persona que cometa un delito y sobre la que las autoridades maltesas tengan competencia. Los procedimientos seguidos durante la investigación son los mismos tanto para los ciudadanos malteses como para los extranjeros. No obstante, la ley garantiza determinados derechos a las personas que no sea nacionales malteses ni residan en Malta, principalmente el derecho a un intérprete cuando el sospechoso no entienda ni hable maltés, y el derecho de la persona a comunicarse con las autoridades consulares mientras esté privado de libertad.

B. ¿Cuáles son las fases de una investigación?

I. Fase de recogida de pruebas / Facultades de los investigadores

La acción penal se inicia cuando la policía recibe una denuncia, información o queja. Una vez notificada la policía por uno de estos medios, inicia su investigación mediante la recopilación de pruebas con vistas a determinar si se ha cometido un delito y quién debe ser considerado responsable de su comisión.

Para ello, la ley faculta a la policía a obligar a cualquier persona que pueda tener información sobre el delito investigado a facilitarla. Esto incluye la obtención de pruebas materiales y la toma de declaraciones de los testigos.

ii. Detención preventiva

Una vez que se constata que existen sospechas razonables de que una persona ha cometido un delito, la policía puede solicitar al juez que emita una orden de detención contra el sospechoso. También hay circunstancias en las que la policía puede detener a una persona en el marco de una investigación sin necesidad de que un juez (maġistrat) dicte una orden.

En el momento en que se detiene al sospechoso, se le informa de sus derechos en una lengua que entienda, en particular del motivo de su detención, su derecho a guardar silencio y su derecho a consultar a un abogado de su elección. También se les entrega una copia del documento en el que se recogen sus derechos.

Durante este período, la policía puede registrar a la persona detenida en busca de cualquier cosa que pueda servir como prueba relacionada con el delito, o si se sospecha que la persona puede suponer un peligro para sí mismo o para otros, o si puede tener en su poder algo que podría utilizar para fugarse.

La policía también puede recoger muestras corporales e impresiones dactilares. Podrá tomarse y registrarse el ADN, con el consentimiento adecuado. Si la persona se niega a facilitar sus impresiones dactilares, puede verse obligada a ello mediante un auto dictado por un magistrado. Sin embargo, el registro del ADN no puede ser obligatorio.

iii. Interrogatorio:

La policía podrá interrogar al sospechoso en relación con un delito que se está investigando. Durante el interrogatorio, la policía puede formular cualquier pregunta que ayude a recopilar información que pueda presentarse como prueba, tanto a favor como en contra del sospechoso. Durante el interrogatorio, el sospechoso podrá solicitar la asistencia por un abogado de su elección.

iv. Prisión provisional

De conformidad con la legislación de Malta, una persona no puede permanecer detenida más tiempo del necesario y, en cualquier caso, no más de cuarenta y ocho (48) horas. Durante este período de detención, la policía debe decidir si tiene previsto llevar inmediatamente al sospechoso detenido ante el órgano jurisdiccional, o si lo va a dejar en libertad, alegando que ya no existe la sospecha razonable, o para seguir investigando el asunto antes de decidir llevar el asunto ante el órgano jurisdiccional.

C. ¿Cuáles son mis derechos durante la investigación?

i. ¿Qué derecho tengo a los intérpretes y las traducciones?

Si no habla o no entiende la lengua hablada por la policía u otras autoridades competentes, tiene derecho a un intérprete a título gratuito.

El intérprete puede ayudarle a hablar con su abogado y debe mantener la confidencialidad del contenido de dicha comunicación.

Tiene derecho a la traducción de, al menos, los pasajes pertinentes de los documentos esenciales, en particular cualquier orden de un juez o magistrado que permita su detención o prisión provisional, cualquier acusación o escrito de acusación y cualquier sentencia. En determinadas circunstancias, puede que se le facilite una interpretación o traducción resumida.

ii. ¿Cuáles son mis derechos en cuanto a información y acceso al expediente del asunto?

Cuando se le apresa o detiene, usted o su abogado tienen derecho a acceder a los documentos esenciales necesarios para impugnar el apresamiento o la detención.

Si su asunto se lleva ante un órgano jurisdiccional, usted o su abogado tienen derecho a acceder a las pruebas materiales a su favor o en su contra.

iii. ¿Qué derecho tengo a recibir asistencia de un abogado y a que se informe a un tercero de mi situación?

Tiene derecho a acceder a un abogado durante su detención. Este derecho se hace efectivo desde el momento en que se le detiene y antes de que se le interrogue.

Tiene derecho a que se le facilite una lista de abogados y una de procuradores entre los que puede elegir uno para que le asista, o, de lo contrario, optar por la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita. En este último caso, la asistencia jurídica es gratuita.

La policía no puede sugerir el nombre del abogado al que puede recurrir durante el apresamiento o la detención.

A más tardar una hora antes del inicio del interrogatorio, usted y su abogado tienen derecho a ser informados del presunto delito objeto de su interrogatorio. Esta información debe ponerse a su disposición, al menos, una hora antes del inicio del interrogatorio.

Una vez detenido, tiene derecho a reunirse y comunicarse en privado con el abogado que le represente, incluso antes de ser interrogado por la policía.

Tiene derecho a que su abogado esté presente y a que participe efectivamente durante el interrogatorio.

Todo el interrogatorio, las respuestas dadas y los procedimientos relativos al interrogatorio de la persona sospechosa o acusada deben registrarse por medios audiovisuales, cuando el agente encargado lo considere posible; tiene derecho a recibir una copia de la grabación una vez concluido el interrogatorio.

Tiene derecho a que su abogado asista a cualquiera de los siguientes actos de investigación o recogida de pruebas:

  1. rueda de reconocimiento de sospechosos a efectos de identificación;
  2. careos;
  3. reconstrucciones de los hechos.

Debe respetarse la confidencialidad de la comunicación con su abogado en el ejercicio de su derecho a la asistencia letrada.

Una vez detenido, debe ser informado de su derecho a que se informe de su privación de libertad al menos a una persona, como un familiar, un profesor o cualquier otra persona de su elección.

En determinados casos establecidos por ley, podrá restringirse temporalmente su derecho a informar a otra persona de su detención.

En tales casos, la policía le informará de ello.

Si es usted extranjero, podrá informar a la policía de su voluntad de informar de su detención a su autoridad consular o embajada.

También puede optar por informar a la policía si desea ponerse en contacto con un funcionario de su autoridad consular o embajada.

iv. ¿Qué derecho tengo a recibir asistencia jurídica gratuita?

La policía le preguntará por el abogado o procurador que desea contratar para que le asista. La policía también le preguntará si desea contar con la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita. Si decide contar con la asistencia de un abogado de asistencia jurídica gratuita, dicha asistencia se le ofrecerá de forma gratuita.

Durante la detención, la asistencia letrada se limita a una hora antes del interrogatorio. También puede solicitar asistencia telefónica.

v. ¿Qué es importante saber sobre lo siguiente?:

a. Presunción de inocencia

Sin perjuicio de cualquier medida cautelar que pueda adoptarse en interés de la administración de justicia, se presume la inocencia de toda persona hasta que el órgano jurisdiccional que conozca del asunto dicte una sentencia firme y definitiva que determine si dicha persona ha cometido, o no, el delito.

b. Derecho a guardar silencio y a no confesarse culpable

Durante el interrogatorio por la policía u otras autoridades competentes, tiene derecho a guardar silencio y a no confesarse culpable.

Su abogado puede ayudarle a decidir al respecto.

c. Carga de la prueba

La carga de la prueba para determinar la culpabilidad del sospechoso o acusado recae en la acusación, salvo en casos específicos en los que la ley exige que dicha persona pruebe determinados hechos concretos.

Cualquier duda razonable sobre la culpabilidad debe beneficiar al sospechoso o al acusado, en particular en los casos en los que el órgano jurisdiccional se plantee su absolución.

La persona sospechosa o acusada puede impugnar las pruebas presentadas en su contra. Si entre las pruebas se incluyen testigos, la persona puede repreguntarles o presentar a sus propios testigos para que se opongan a su declaración.

En el caso de las pruebas documentales, la persona sospechosa o acusada puede repreguntar al testigo o a los peritos judiciales que han elaborado dichos documentos, o presentar sus propios testigos para que impugnen dichas pruebas. No obstante, no puede presentar su propio informe pericial. El dictamen pericial solo podrá impugnarse mediante el interrogatorio del perito judicial en relación con sus conclusiones o su competencia.

La persona sospechosa o acusada también podrá citar a testigos y presentar pruebas documentales que sirvan de fundamento a su defensa.

Si el órgano jurisdiccional que conoce del juicio es el tribunal de lo penal con jurado (Qorti Kriminali), la ley establece un plazo, desde el momento en que la persona acusada recibe el escrito de acusación, en el que debe indicar los testigos y todas las demás pruebas que tiene intención de aportar en su defensa durante el juicio. No existe tal restricción cuando el juicio se celebra ante el tribunal de primera instancia, penal e instrucción (Qorti tal-Maġistrati).

vi. ¿Qué salvaguardias específicas existen para los menores?

Si el testigo o la víctima de un presunto delito es menor de edad, lo habitual es que, en la medida de lo posible, la policía y los órganos jurisdiccionales no citen a menores ante el órgano jurisdiccional; sin embargo, esto no siempre es posible. Por lo que se refiere a las declaraciones de menores, los órganos jurisdiccionales suelen utilizar videoconferencias. Si la víctima es menor de edad, el magistrado, asistido por un psicólogo infantil, habla con él desde una sala específica, que puede estar en el edificio del órgano jurisdiccional, mediante videoconferencia, para que el menor no se encuentre en la misma sala que el acusado. Desde el punto de vista jurídico, los órganos jurisdiccionales, en particular el tribunal de menores (Qorti tal-Minorenn), también tiene la facultad de designar a un abogado de menores (artículo 25 del capítulo 602 y legislación subsidiaria 12.20) para defender sus derechos, ya sea víctima o acusado. Esto también se desprende claramente del capítulo 602 de la legislación de Malta, y en mayor medida de la Ley del menor. Este capítulo también contempla un lugar equipado fuera del edificio del órgano jurisdiccional, denominado «casa de los menores» (children’s house) en el que tanto el magistrado como un grupo de expertos formados denominados «entrevistadores de niños» (child interviewers) pueden hablar con una víctima menor vulnerable.

vii. ¿Qué salvaguardias específicas existen para los sospechosos vulnerables?

En primer lugar, si, debido a la situación psicológica y física del sospechoso o la naturaleza del delito, se considera necesario detener al arrestado en el calabozo de la comisaría durante la investigación, se le someterá a una «vigilancia constante», con un agente de policía que lo vigile físicamente en todo momento y vele por su salud. Como sucede con todas las personas sospechosas o detenidas, si la persona solicita cualquier tipo de asistencia médica, esta se presta de inmediato, incluido el transporte a una clínica u hospital, según las circunstancias. Si, tras haber examinado a la persona sospechosa vulnerable, el médico afirma que dicha persona no debe estar en una celda, se informa inmediatamente al agente encargado de la investigación y se adoptan las medidas correctoras que procedan (como la concesión de libertad bajo fianza policial).

D. ¿Cuáles son los plazos legales durante la investigación?

Los plazos legales durante la investigación dependen principalmente de la naturaleza del delito. Todos los delitos llevan aparejada una pena de conformidad con el Código Penal. Por ejemplo, la prescripción en el sentido del artículo 688, del capítulo 9, de la legislación de Malta establece los parámetros estándar para los plazos legales en los que puede investigarse un delito. Al expirar este plazo, se aplica la prescripción y la investigación de ese delito concreto por la policía queda prescrita. También cabe mencionar que, de conformidad con el artículo 692, capítulo 9, de la legislación de Malta, si en cualquier asunto penal se desconoce la identidad del presunto infractor, sin que ello sea consecuencia de omisión alguna del agente encargado de la investigación, no se iniciará el cómputo del plazo de prescripción. Un ejemplo de ello podría ser un asunto de asesinato en el que hay una víctima, pero no hay indicios sobre quién podría ser el asesino.

E. ¿Cuáles son los preparativos previos al juicio, incluidas las alternativas a la prisión provisional y las posibilidades de traslado al Estado de origen (orden europea de vigilancia)?

Los preparativos que la policía debe llevar a cabo antes del inicio de la vista ante el órgano jurisdiccional incluyen:

  • la citación de testigos en el asunto;
  • si la persona comparece previa citación, el fiscal debe velar por que la citación que contenga los delitos de los que se le acusa se notifique de conformidad con la ley;
  • a menos que se trate de un delito que afecte directamente al Fiscal General, el fiscal debe tratar el asunto y, más concretamente, los delitos de los que se acusa a dicha fiscalía, especialmente cuando el asunto sea complicado;
  • si la persona comparece previa detención, el fiscal debe informar al abogado del acusado, y la policía le acompañará ante el órgano jurisdiccional.

Entre las alternativas a la prisión provisional figuran los casos en los que la persona comparece previa citación o en los que se le concede libertad bajo fianza policial hasta el momento en que el agente encargado de la investigación la concluya y la persona comparezca bien previa detención o mediante citación.

La posibilidad de traslado al Estado de origen implica procedimientos ad hoc que son competencia de la Fiscalía General. Estos procedimientos solo se aplican en casos específicos, por ejemplo, una solicitud de extradición o una solicitud de un condenado que cumple una pena de prisión a las autoridades locales competentes y a las autoridades de su país para seguir cumpliendo la condena en su propio país.

Última actualización: 23/03/2023

El Estado miembro correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. La Comisión Europea no asume ninguna responsabilidad con respecto a cualquier información o dato incluido o citado en este documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.