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Acusados (procedimientos penales)

Njemačka

Sobreseimiento (1) Procedimiento sumario (2) Procedimiento acelerado (3) Justicia gratuita (4) Datos sobre pesquisas/acusaciones/condenas (5) Recursos durante la instrucción (6)

Sadržaj omogućio
Njemačka

Sobreseimiento (1)

El sobreseimiento (Einstellung) puede producirse en todas las fases del procedimiento, bien por decisión del fiscal o (tras el ejercicio de la acción pública) por el tribunal. Existen numerosas posibilidades de sobreseimiento. Las más importantes en la práctica son:

El sobreseimiento puede ser provisional, por ejemplo por ausentarse usted durante un tiempo prolongado. También se produce un sobreseimiento cuando del sumario no se desprende motivos suficientes para formular una acusación. Sin embargo, en ese caso la fiscalía puede reanudar las pesquisas en cualquier momento (hasta que se produzca la prescripción), por ejemplo por la aparición de nuevas pruebas.

Pero el sobreseimiento también puede ser definitivo. Esto es posible en los delitos leves, cuando se aprecia escasa culpabilidad y no existe interés público en la persecución. Asimismo, el sobreseimiento puede condicionarse al cumplimiento de una obligación, como el pago de una suma de dinero, o de una orden, como la asistencia a un curso de conducción.

Procedimiento sumario (2)

En caso de delitos menos graves (Vergehen), al término de la instrucción la fiscalía puede, en vez de formular una acusación, solicitar al tribunal que emita una orden penal (Strafbefehl). Si el tribunal considera suficientes las pruebas de los autos, dictará la orden penal, en la cual se describe brevemente el hecho delictivo y se fija una determinada condena. Si no se interpone recurso, la orden penal tiene efectos de sentencia firme.

Las consecuencias jurídicas que puede llevar aparejadas una orden penal son limitadas. Normalmente se impone una multa, pero también puede decretarse la retirada del permiso de conducción. Siempre que tenga usted un abogado defensor, también se le puede imponer una pena de privación de libertad que no puede exceder de un año y cuya ejecución debe quedar en suspenso.

Si desea usted recurrir, tiene dos posibilidades:

Si la orden penal consiste en una multa, el recurso se puede limitar al importe de la multa. El tribunal puede resolver sin necesidad de celebrar una vista oral, por escrito, con el consentimiento del acusado y de la fiscalía.

Si el recurso no se limita al importe, se señala una vista oral. No tiene usted que comparecer personalmente, sino que puede hacerse representar por un abogado. Tampoco es precisa la comparecencia personal de los testigos. Las actas de los interrogatorios a los testigos puede ser leídas con el consentimiento del acusado, siempre que esté presente en la vista oral.

Al final, el tribunal dicta sentencia. Para ello no está vinculado por la pena impuesta en la orden penal: también puede imponer una pena mayor, dentro de los límites legalmente previstos.

Procedimiento acelerado (3)

En los casos en que los hechos son simples y las pruebas evidentes, la fiscalía también puede solicitar al tribunal la celebración de un procedimiento acelerado (beschleunigtes Verfahren). Se puede optar por este tipo de procedimiento, por ejemplo, si usted no tiene residencia en Alemania y se teme que no vaya a comparecer en una citación posterior.

Si la fiscalía formula tal solicitud, el tribunal ordenará la celebración inmediata o en muy breve plazo de la vista oral. A diferencia de lo que sucede con la acusación, es este caso no es precisa una resolución de apertura del procedimiento plenario. En el procedimiento acelerado tampoco hay fase intermedia.

En el procedimiento acelerado se pueden rechazar solicitudes de práctica de prueba en determinadas condiciones simplificadas.

Además, la pena que se puede imponer es de cuantía limitada. La pena solo puede ser pecuniaria o de privación de libertad no superior a un año. También es posible decretar la retirada del permiso de conducción.

Justicia gratuita (4)

Si se sospecha que ha cometido usted un delito, si en caso de ser declarado culpable puede ser condenado a una pena de privación de libertad de más de un año, si se encuentra usted en prisión provisional o no se puede defender usted mismo por otros motivos, el tribunal debe nombrarle un defensor de oficio, en caso de que no tenga usted el suyo propio. En el procedimiento acelerado se le nombra un abogado de oficio si cabe prever una pena de privación de libertad de seis meses. La obligación de nombrarle un defensor es independiente de sus circunstancias económicas.

El tribunal decide qué abogado se le asigna como defensor de oficio. No obstante, tiene usted derecho a escoger su abogado de oficio e indicárselo al tribunal. En caso de no hacerlo usted mismo, el tribunal le nombrará un abogado defensor.

Solo en casos excepcionales se permite cambiar de defensor de oficio. Sin embargo, usted también puede contratar a otro abogado de su elección; en ese caso, normalmente se revoca el nombramiento del defensor de oficio. Al defensor elegido deberá pagarle usted mismo, salvo que sea usted absuelto y el Estado deba asumir las costas.

Datos sobre pesquisas/acusaciones/condenas (5)

¿Qué datos se almacenan?

La policía almacena los datos de la instrucción en sus propias bases de datos.

En el curso de la instrucción y tras su conclusión, la fiscalía también almacena datos. Asimismo, los datos del sumario se almacenan en el Registro procesal central del Ministerio Fiscal. La ley regula ciertos plazos para la eliminación de los datos.

En el Registro Federal Central (Bundeszentralregister) de delitos se inscriben todas las condenas firmes. Esa inscripción no precisa del consentimiento del condenado. Tras un período preestablecido, las condenas se borran del registro si no ha habido nuevas condenas. Dicho período depende de la gravedad de la condena.

¿Qué datos se recaban en el proceso penal y cuándo?

La policía y la fiscalía pueden recurrir en todo momento a sus propias bases de datos. No disponen de acceso directo al Registro Federal Central. Para preparar el juicio oral, el tribunal recaba un extracto del Registro.

¿Qué importancia tienen los datos en la instrucción?

Si hay registrados sumarios anteriores, la fiscalía debe tenerlo en cuenta, por ejemplo, al valorar la posibilidad de un sobreseimiento  con arreglo a los artículos 153 y 153a de la Ley de enjuiciamiento criminal.

¿Influyen los datos a la hora de decidir la condena?

La Ley dispone que en el juicio oral pueden comprobarse las anteriores condenas que figuren en el Registro Federal Central. Si se comprueba que existen antecedentes penales, esto puede afectar negativamente a la gravedad de la pena. Los datos almacenados únicamente por la fiscalía y la policía no pueden tenerse en cuenta al decidir la pena en caso de condena.

¿Cómo puedo averiguar qué datos hay almacenados sobre mí y qué puedo hacer para que se borren?

Para saber los datos que hay almacenados sobre usted, debe solicitar esa información a las autoridades que los registran.

Puede usted solicitar la eliminación de los datos a la autoridad que los haya registrado. Si se desestima su solicitud, puede recurrir a los tribunales.

Para más información

La normativa que rige el Registro Federal Central se recoge en la Ley de Registro Federal Central; el almacenamiento de los datos por la fiscalía que investiga se regula en los artículos 483 y ss. de la Ley de enjuiciamiento criminal; el Registro procesal central de la fiscalía está previsto en el artículo 492, apartado 1, de la Ley de enjuiciamiento criminal, desarrollada en un Reglamento; la normativa sobre los datos policiales se encuentra en la Ley de la Oficina Federal Criminal y en las diferentes leyes policiales de los Estados federados.

Recursos durante la instrucción (6)

Tiene usted derecho a impugnar las decisiones tomadas durante la instrucción. Para ello dispone usted de opciones como la queja de servicio o la solicitud de resolución judicial.

Contra la resolución del tribunal puede interponer un recurso (Beschwerde).

Si una medida de la policía o de la fiscalía ha sido adoptada sin orden judicial, puede solicitar someterla al control posterior del tribunal. Si se opone usted a una incautación de bienes, el asunto se someterá al juez sin que tenga usted que solicitarlo.

Última actualización: 30/08/2019

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