Acusados (procedimientos penales)

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Procedimiento preliminar

¿Quién me avisa de que debo acudir ante el órgano jurisdiccional y cómo lo hace?

El fiscal formula la acusación, señala la fecha del juicio y cita al demandado, al demandante y a los testigos con al menos 15 días de antelación al juicio o con 30 días de antelación, si viven en otros países europeos.

Celebración del juicio

¿Qué tribunal juzgará el caso?

Los principales órganos jurisdiccionales penales son los juzgados de paz, el juzgado de faltas y los siguientes tribunales, integrados por 3 magistrados: el tribunal de apelación penal y el gran jurado mixto, para los delitos graves. En principio, el órgano jurisdiccional competente es el del lugar de comisión del delito.

¿Será un juicio público?

Sí, a menos que la publicidad pueda tener un efecto adverso sobre la moral pública o existan motivos para proteger la privacidad de los litigantes.

¿Quién dictará sentencia?

La resolución la dictan los jueces en los órganos jurisdiccionales inferiores y una combinación de jueces y jurado en los grandes jurados mixtos.

¿Puede cambiarse la acusación durante el juicio?

Puede cambiarse por otra similar. Depende exclusivamente del órgano jurisdiccional decidir cuál es la definición legal adecuada de los hechos en cuestión y su especificación más exacta.

¿Qué ocurrirá si me declaro culpable de alguna o de todas las acusaciones durante el juicio?

Si se declara culpable de una acusación concreta, el órgano jurisdiccional le impondrá la pena correspondiente, aunque en la sentencia puede tratarle con más clemencia.

¿Qué derechos tengo durante el juicio?

¿Debo estar presente en el juicio?

No está obligado a estar presente. Puede estar representado por su abogado, a menos que el órgano jurisdiccional lo considere necesario.

Si resido en otro Estado miembro, ¿podré participar por videoconferencia?

No, la ley no prevé aún esta forma de participación.

¿Tendré que estar presente durante todo el juicio?

No está obligado a estar presente. Puede comparecer y a continuación marcharse y seguir representado por su abogado.

¿Tendré un intérprete si no entiendo lo que ocurre?

Si no entiende el idioma del órgano jurisdiccional, éste está obligado a designar un intérprete.

¿Es obligatorio que me represente un abogado? ¿Se me facilitará uno? ¿Puedo cambiar de abogado?

Sólo es obligatorio contar con un abogado en caso de delitos graves y ante el Tribunal de Casación. Si no puede nombrar un abogado, el órgano jurisdiccional está obligado a designárselo. Usted tiene derecho a cambiar de abogado, a menos que haya sido designado ante los tribunales superiores por el propio órgano jurisdiccional (de oficio).

¿Puedo dirigirme al órgano jurisdiccional? ¿Estoy obligado a hablar durante el juicio?

Puede hablar ante el órgano jurisdiccional, pero no está obligado a hacerlo. Tiene derecho a guardar silencio.

¿Qué consecuencias tendrá no decir la verdad durante el juicio?

Usted tiene derecho a no decir la verdad, no es una infracción penal que un acusado de explicaciones falsas de sus actos.

¿Qué derechos tengo en relación con las pruebas en mi contra?

¿Puedo cuestionar las pruebas que se presenten en mi contra?

Puede hacerlo durante su defensa o aportando sus propias pruebas y sus propios testigos.

¿Qué tipo de pruebas puedo presentar ante el órgano jurisdiccional en mi defensa?

Puede presentar pruebas documentales, testigos y peritos.

¿En qué circunstancias puedo presentar estas pruebas?

No hay requisitos previos, puede hacerlo ante el tribunal sin avisar a nadie.

¿Puedo contratar a un detective privado para que busque pruebas por mí? ¿Son admisibles este tipo de pruebas?

Puede hacerlo y las pruebas serán admisibles si se han obtenido legalmente.

¿Puedo citar testigos en mi defensa?

Puede presentar tantos testigos como desee, y el tribunal deberá permitir el interrogatorio de tantos testigos de la defensa como testigos haya de la acusación.

¿Puedo interrogar a otros testigos personalmente o a través de mi abogado? ¿Podemos cuestionar lo que digan?

Ambos pueden interrogarles y plantear dudas sobre lo que declaren.

¿Se tendrán en cuenta mis antecedentes penales?

Las condenas que sumen un total de más de 6 meses de prisión se tendrán en cuenta es declarado culpable, cuando el tribunal decida la pena a imponer.

¿Se tendrán en cuenta las condenas en otros Estados miembros?

Únicamente se tendrán en cuenta si figuran en sus antecedentes penales.

¿Qué ocurre al acabar el juicio?

¿Cuáles pueden ser los resultados del juicio?

La absolución del acusado, si el órgano jurisdiccional no está convencido o existen dudas sobre su intervención en el delito o por otros motivos legales, o en caso de existir motivos para no imponer la pena (por ejemplo, en caso de arrepentimiento auténtico).

La condena del acusado y la imposición de una pena, si el órgano jurisdiccional está convencido de que ha cometido el delito.

La interrupción del proceso penal, en caso de fallecimiento del acusado, retirada de la acusación por la víctima, prescripción del delito o amnistía aplicable al delito en cuestión.

La declaración de no haber lugar al procesamiento, si existe una decisión previa al respecto o no hay acusación (en caso de ser precisa), querella o autorización para procesar.

Resumen de las penas que pueden imponerse

Penas principales: prisión mayor (cadena perpetua o por un período de entre 5-20 años), prisión menor (10 días - 5 años), arresto (1 día -1 mes), pena económica (150-15 000 euros), multa (29 ‑ 590 euros), internamiento en un centro de detención juvenil o en una institución de salud mental.

Penas accesorias: privación de derechos civiles, prohibición de ejercicio de una profesión, publicación de la condena.

Medidas de seguridad: detención de los delincuentes que no sean considerados no responsables penalmente, remisión de alcohólicos y drogodependientes a centros de desintoxicación, remisión a centros de trabajo, prohibición de residencia en una zona determinada, deportación de los extranjeros y confiscación de bienes.

¿Qué papel desempeña la víctima durante el juicio?

La víctima participa como litigante o como testigo. En el primer caso (como ‘demandante civil que aporta pruebas en descargo’), participa para solicitar una indemnización económica de los perjuicios emocionales o la angustia mental; como testigo, participa en apoyo de la acusación.

Si participa como demandante civil, debe hacerlo constar antes de la presentación de pruebas.

Última actualización: 29/02/2024

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