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Acusados (procedimientos penales)

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¿Puedo recurrir?

Si es declarado culpable o se le impone una pena por un juzgado de paz (Magistrates’ Court), puede recurrir ante el tribunal de la Corona (Crown Court) local. También puede recurrir ante el Tribunal Administrativo de Londres si cree que ha habido mala interpretación de la ley por los jueces integrantes.

Si es declarado culpable o se le impone una pena por un tribunal de la Corona, sólo puede recurrir en los casos previstos, como el de error judicial. El recurso se presenta ante el Tribunal de Apelaciones (Court of Appeal) de Londres.

¿Cómo debo recurrir?

Contra las resoluciones de un tribunal de paz, el plazo de recurso es de 21 días. Contra las resoluciones de un tribunal de la Corona, el plazo es de 28 días. Su abogado le informará sobre si puede recurrir y cómo.

¿Qué motivos de recurso existen?

Puede recurrir contra cualquier resolución de un juzgado de paz cumplimentando y entregando un formulario.

Contra las resoluciones de un tribunal de la Corona, los recursos siguen un proceso más formalizado. Al presentarlos hay que hacer una exposición detallada de los motivos. Se admiten como motivos los siguientes:

  • Instrucciones erróneas del juez al jurado;
  • Error o irregularidad en el procedimiento;
  • Aceptación o rechazo erróneo de medios de prueba.

Contra las resoluciones de imposición de la pena, los posibles motivos de recurso son:

  • Error de Derecho por parte del juez;
  • Duración excesiva de la pena.

¿Qué ocurre en la vista del recurso?

Los recursos contra las resoluciones dictadas por un juzgado de paz son examinados normalmente por un órgano jurisdiccional formado por un juez profesional y dos jueces de paz (distintos de los actuaron en primera instancia). Se celebra una nueva vista y pueden aportarse pruebas y hechos diferentes. Si el recurso se refiere a la imposición de la pena, el tribunal de la Corona puede reducir, confirmar o aumentar ésta.

Si el recurso se presenta ante el Tribunal Administrativo por mala interpretación del Derecho por los jueces de paz, se revocará la declaración de culpabilidad dictada por éstos si se entiende que tal interpretación fue errónea. En algunos casos, el asunto se devolverá al juzgado de paz para nueva vista.

Los recursos contra las declaraciones de culpabilidad dictadas por un tribunal de la Corona son examinados por el Tribunal de Apelaciones. Su abogado y el fiscal presentarán las alegaciones correspondientes. El tribunal puede pedir la práctica de nuevas pruebas. En general, no podrá usted presentar pruebas que, estando disponibles en el momento del juicio en primera instancia, decidió no utilizar. La vista del recurso es pública.

Si no está en prisión, podrá asistir a esa vista. Si está en prisión, podrá asistir a menos que el recurso verse únicamente sobre cuestiones de Derecho. El tribunal puede permitirle participar por videoconferencia.

¿Qué ocurre si estoy en prisión al recurrir?

Al presentar un recurso, puede solicitar la puesta en libertad hasta que tenga lugar la vista, aunque raras veces se accede a estas solicitudes. Si se le concede la libertad bajo fianza, puede supeditarse al cumplimiento de ciertas condiciones.

¿Cuándo tendrá lugar la vista del recurso?

Los recursos contra las resoluciones de imposición de la pena dictadas por un juzgado de paz suelen verse rápidamente si está ustedes prisión, pero en otro caso se ven a los 3 a 6 meses. Para recurrir ante el Tribunal de Apelación contra una resolución de un tribunal de la Corona se requiere la autorización de un juez decano. En promedio, los recursos contra las declaraciones de culpabilidad se ven en un plazo de 8 meses y los recursos contra las resoluciones de imposición de la pena, en un plazo de 5 meses. Puede desistir usted de cualquier recurso mediante escrito dirigido a la Secretaría de Apelaciones Penales (Criminal Appeal Office).

¿Qué ocurre si se acepta el recurso contra una declaración de culpabilidad? ¿Y si se rechaza?

Si se acepta el recurso, quedará anulada la declaración de culpabilidad y ésta se eliminará de sus antecedentes penales. En algunas circunstancias, el órgano jurisdiccional anulará la declaración de culpabilidad, pero permitirá al fiscal iniciar un nuevo juicio contra usted.

Si se rechaza el recurso, normalmente se mantendrá tal cual la declaración de culpabilidad, pero el órgano de recurso puede también sustituirla por otra correspondiente a un delito menos grave (lo cual no sucede en los recursos contra las resoluciones dictadas por los juzgados de paz).

¿Qué ocurre si se acepta el recurso contra la resolución de imposición de la pena? ¿Y si se rechaza?

Si se acepta el recurso, el órgano jurisdiccional impondrá una nueva pena. Si se rechaza, el órgano puede confirmar la pena original o aumentarla.

¿Puedo presentar nuevo recurso ante un órgano jurisdiccional diferente o de rango superior?

Contra la resolución de un tribunal de la Corona rechazando un recurso presentado contra una resolución de un tribunal de paz cabe solicitar a la Comisión de Casación de Asuntos Penales (Criminal Cases Review Commission, CCRC) que remita el caso al Tribunal de Apelaciones. Es raro que se admita tal petición.

Contra las resoluciones del Tribunal Administrativo o del Tribunal de Apelaciones cabe recuso ante el Tribunal Supremo del Reino Unido cuando esté en juego una cuestión de importancia jurídica general.

Si se acepta el recurso, ¿tengo derecho a una indemnización?

Puede solicitar una indemnización cumplimentando este formulario en el plazo de dos años. La decisión corresponderá a los órganos de la Administración. Su abogado le explicará cómo funciona el sistema.

¿Cabe otro recurso en caso de que se rechace el primero?

Excepcionalmente, podrá presentar un nuevo recurso si aparecen nuevos motivos que lo justifiquen. Si quiere presentar nuevas pruebas, deberá explicar por qué no lo hizo en el juicio.

¿Tengo otras vías de recurso?

Puede dirigirse a la CCRC pidiéndole que investigue si ha habido un error judicial. En caso afirmativo, ésta podrá remitir el asunto al órgano de recurso competente. En tal caso, se procederá como si de tratara de un recurso normal.

Soy de otro Estado miembro. ¿Puedo se devuelto a mi país después del juicio?

Si se le declara culpable y se le impone una pena de privación de libertad, podrá ser deportado al cumplirla. Si no es usted nacional británico y la pena es de 12 mes o más, o si se le ha condenado por determinados delitos graves, la Administración ordenará normalmente su deportación al cumplir la pena.

En cualquier otro caso en que se le imponga una pena de privación de libertad, si tiene usted más de 17 años el juez podrá recomendar que sea deportado al cumplirla. Podrá acordase la deportación, haya sido enviado a prisión o no. La Administración decidirá basándose en la recomendación del juez. Esta recomendación forma parte de la resolución de imposición de la pena y es recurrible tal como se ha descrito anteriormente. La Administración puede tratar de deportarle, aun sin recomendación judicial, en caso de que así lo aconseje el “bien público”.

Si es usted nacional de otro Estado miembro, únicamente puede ser deportado por motivos del orden público, seguridad o salud pública. La declaración de culpabilidad por un delito no justifica por sí misma la deportación. Contra la resolución disponiendo esta última podrá recurrir ante un tribunal especial.

Si se me declara culpable, ¿puedo ser enjuiciado de nuevo por el mismo delito?

Tanto si se le declara culpable como si se le absuelve de un delito después de un juicio en cualquier parte del Reino Unido, no podrá ser enjuiciado después en Inglaterra por el mismo delito, salvo en circunstancias especiales. La misma regla se aplica cuando el juicio ha tenido lugar en cualquier otro Estado miembro.

Información sobre las declaraciones de culpabilidad

Las declaraciones de culpabilidad y las advertencias se registran en el Ordenador Nacional de la Policía (Police National Computer, PNC) hasta que la persona correspondiente cumpla 100 años. Si cree que la información al respecto que figura sobre usted es inexacta, puede reclamar. Su abogado le indicará cómo hacerlo. También puede pedir al jefe de policía de la zona en la que se haya cometido el delito que modifique o elimine esa información.

Las advertencias, las amonestaciones y las admoniciones definitivas se tratan como declaraciones de culpabilidad.

Incluso después de cumplir la pena, tendrá que revelar la declaración de culpabilidad o la advertencia cuando se le requiera (por ejemplo, en las solicitudes de trabajo) hasta que se extinga esa declaración de culpabilidad. El plazo de extinción depende del tipo de delito y de la pena.

Debe saber que los avisos de multa por infracciones del tráfico o por desórdenes (fixed penalty notices y penalty notices for disorder) no se recogen en los antecedentes penales.

Enlaces relacionados

Tribunal de Apelaciones (Court of Appeal)

Guía de inicio del procedimiento en el Tribunal de Apelaciones

Tribunal Supremo del Reino Unido

Comisión de Casación de Asuntos Penales

Criminal Records Bureau

Rehabilitación de los condenados

Ley de justicia penal de 1968 (modificada)

Ley de rehabilitación de los condenados de 1974 (modificada)

Ley de justicia penal de 1976 (modificada)

Ley de juzgados de paz de 1980 (Magistrates’s Courts) (modificada)

Ley de tribunales superiores de 1981 (modificada)

Ley de recursos en materia penal de 1995 (modificada)

Ley de la policía de 1997 (modificada)

Ley de derechos humanos de 1998 (modificada)

Ley de la policía y la justicia de 2006 (modificada)

Convenio Europeo de Derechos Humanos

Última actualización: 01/12/2016

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