Acusados (procedimientos penales)

Dinamarca

Es muy importante obtener asesoramiento jurídico si está usted implicado de cualquier forma en un procedimiento penal. Las fichas informativas le indican cuándo y en qué circunstancias tiene derecho a ser representado por un abogado. También le explican lo que un abogado hará para usted. Esta ficha informativa general le indica cómo encontrar un abogado y el modo de atender sus honorarios si no puede pagarlos.

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Encontrar un abogado

Tiene usted derecho a hacerse representar por un abogado de su propia elección que esté facultado para actuar ante los tribunales daneses. Podrá encontrar aquí una lista de todos los abogados daneses. En esta misma página web podrá comprobar si el abogado está especializado en asuntos penales, en Derecho fiscal o en otra rama jurídica que sea relevante para su caso.

El Ministerio de Justicia ha designado para cada tribunal de Dinamarca un grupo de abogados locales con experiencia concreta en asuntos penales. Se trata de abogados independientes que dirigen sus propios bufetes. También el tribunal le podrá facilitar una lista de estos abogados. Si no solicita usted los servicios de un abogado determinado, se le asignará uno de los abogados de la lista en aquellos casos en que sea obligatoria la asistencia letrada, como sucede, por ejemplo, si la policía ha procedido a su detención.

Pagar a un abogado

Si el tribunal le ha nombrado un abogado de oficio, normalmente sus honorarios serán satisfechos con cargo al erario público. Al asignarle el abogado, el tribunal establecerá también los honorarios correspondientes, que vendrán determinados por las tarifas aplicadas por los tribunales en los procesos penales en los que existe representación jurídica, se trate o no de un abogado nombrado por usted.

El tribunal decidirá quién debe pagar en última instancia los honorarios del abogado. Si es usted declarado culpable, por regla general deberá abonar ese importe a las autoridades públicas (al Estado danés), que tratarán de recuperar todas aquellas cantidades que pueda usted pagar.

En caso de absolución, o si la sentencia es notablemente más favorable que la pedida por el fiscal, generalmente el tribunal ordenará que el Estado se haga cargo de todos los honorarios y gastos de la defensa, aunque también podrá decidir que pague usted una parte. Este último caso podría darse cuando se celebre una vista judicial sin resultado alguno por motivos de los que usted no sea responsable.

Contra la resolución que establezca los honorarios del abogado y el responsable de su pago podrá recurrir ante el órgano jurisdiccional superior en el plazo de dos semanas.

En los procedimientos penales no es posible solicitar asistencia jurídica gratuita y normalmente estos gastos tampoco están cubiertos por las pólizas de seguro de defensa jurídica.

Enlaces relacionados

Artículo 66 de la Ley de administración de la justicia

Lista de abogados de Dinamarca

Última actualización: 13/08/2019

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