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Acusados (procedimientos penales)

Bélgica

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Bélgica

¿Dónde se celebrará el juicio?

  • El tribunal de policía juzga los hechos menos graves (delitos castigados con una multa de 1 euro a 25 euros, como las infracciones del Código Rural) y todas las infracciones del Código de la Circulación (por ejemplo, los accidentes mortales);
  • El tribunal penal (tribunal correctionnel) juzga los delitos «correccionalizados» (aquellos en los que, desde el primer momento, se ha podido tener en cuenta la existencia de circunstancias atenuantes);
  • El tribunal de lo penal (cour d’assises) juzga los delitos más graves (aquellos en las que no se puede o no se quiere tener en cuenta la existencia de circunstancias atenuantes).

¿El juicio será público?

En principio, el juicio es público y se celebra en una sala accesible a todo el mundo (espectadores, periodistas), a menos que lo impidan motivos de seguridad.

Si usted está implicado en un delito contra la moralidad (por ejemplo, violación), puede solicitar al tribunal que la vista se celebre a puerta cerrada, es decir, que solo se permita el acceso a la sala a las personas involucradas en el juicio.

Si se trata de internar en un centro a un delincuente que no es responsable de sus actos debido a un estado grave de desequilibrio mental, el acusado puede solicitar que el juicio se celebre a puerta cerrada, petición que podrá denegar el Ministerio Fiscal.

¿Quién juzgará el caso?

Jueces profesionales ante el tribunal de la policía o el tribunal penal (correctionnel); en cambio, ante el tribunal de lo penal (cour d’assises), 12 miembros de un jurado decidirán solos sobre la culpabilidad del acusado y después decidirán, conjuntamente con 3 magistrados, la pena aplicable.

¿Es posible modificar antes del juicio los cargos de acusación e inculpación?

El Ministerio Fiscal y el juez pueden considerar de manera diferente los hechos imputados. Por ejemplo, si usted ha roto la ventanilla de un automóvil, el Ministerio Fiscal podría procesarlo por tentativa de robo, aunque, en realidad, usted solo tuviera la intención de romper el cristal. El tribunal podrá interpretarlo de manera diferente y considerar que se trata de daños sustanciales, si bien deberá advertirle de su decisión, para que pueda preparar su defensa sobre esta nueva base.

¿Qué ocurrirá si, durante el juicio, me declaro culpable de todos los cargos de acusación o inculpación o de algunos de ellos?

La pena no se reducirá de oficio.

¿Cuáles son mis derechos durante el juicio?

¿Debo estar presente en el juicio? ¿Tengo que estar presente durante todo el juicio?

Usted podrá estar representado por un abogado. En casos excepcionales, deberá comparecer personalmente si el tribunal así lo decidiera mediante auto que deberá hacerle llegar antes de la vista.

¿Podrá celebrarse el juicio sin mí?

Si usted no está presente ni representado por un abogado para responder a las acusaciones, el juicio se celebrará sin usted y será juzgado en rebeldía.

Si vivo en otro Estado miembro, ¿puedo participar por videoconferencia?

No.

¿Se me proporcionará un intérprete si no entiendo la lengua del juez?

Sí.

¿Necesito un abogado?

No, solamente ante el tribunal de lo penal (cour d’assises).

¿Se me proporcionará un abogado?

Sí, en determinadas condiciones (véase la ficha nº 1).

¿Puedo cambiar de abogado?

Sí, incluso sin justificación.

¿Puedo expresar mi opinión durante el juicio?

Sí.

¿Es preciso que hable durante el juicio?

No es obligatorio.

¿Cuáles serán las consecuencias si no digo la verdad durante el juicio?

Usted tiene derecho a no inculparse y a preparar su estrategia de defensa como le plazca, y aquí también se incluye el derecho de guardar silencio.

¿Cuáles son mis derechos con respecto a las pruebas presentadas contra mí?

¿Puedo impugnar las pruebas presentadas contra mí?

Sí.

¿Cómo?

Pidiendo al juez, durante la vista, que ordene realizar nuevas investigaciones.

¿Por qué?

Para demostrar la inverosimilitud de la acusación.

¿Qué clase de pruebas puedo presentar a mi favor?

Entrega de documentación, solicitud de un dictamen experto, testimonio de un nuevo testigo, etc.

¿Puedo recurrir a un detective privado para que obtenga pruebas a mi favor?

Sí.

¿Son admisibles tales pruebas?

Sí.

¿Puedo pedir a los testigos que hablen en mi defensa?

Sí.

¿Podemos, mi abogado o yo, interrogar a los otros testigos que declaren en el caso?

Sí, por medio de la policía o del juez.

¿Podemos, mi abogado o yo, impugnar sus declaraciones?

Sí.

¿Se tendrá en cuenta la información relativa a mis antecedentes penales?

Sí.

  • ¿Qué tipo de información?

Las condenas anteriores.

  • ¿En qué circunstancias?

¿En qué etapa? Permiten duplicar el nivel de la pena máxima y pueden obstaculizar las medidas de favor.

  • ¿Se tendrán en cuenta las condenas anteriores en otro Estado miembro?

Sí, y se podrán transmitir al juez.

¿Qué ocurrirá cuando finalice el juicio?

¿Cuáles son los resultados posibles del juicio?

  • La inadmisibilidad del procedimiento, si no se ha respetado una norma importante. No obstante, existe la posibilidad de que se celebre un nuevo juicio;
  • la absolución, si no hay suficientes elementos de prueba que demuestren la culpabilidad más allá de toda duda razonable;
  • la condena.

En el caso de que el acusado sea condenado, el juez, en función de la naturaleza de las infracciones y de los antecedentes penales del acusado, elegirá una de las cinco posibilidades enumeradas a continuación:

  • la pena de prisión;
  • la pena de trabajos: realizar en el plazo de un año un trabajo no remunerado de interés general so pena de ser condenado a una pena de prisión o a una multa;
  • una multa;
  • la suspensión de la ejecución de la condena o la suspensión de la sentencia, acompañada o no de condiciones probatorias (por ejemplo, no volver a cometer infracciones, seguir un curso de formación o no volver a frecuentar determinados lugares) durante un período de uno a cinco años;
  • la simple declaración de culpabilidad.

¿Qué papel desempeña la víctima durante el proceso?

Puede expresar su opinión sobre los hechos que la conciernen y pedir una indemnización económica.

¿Cómo?

Verbalmente o presentando una nota por escrito.

¿En qué etapa?

Durante la vista, inmediatamente después de que el juez lo haya interrogado a usted.

Para obtener información más detallada, consulte las fichas relativas a los derechos de las víctimas.

Enlaces relacionados

Direcciones de los órganos jurisdiccionales de Bélgica

Sitio web del Ministerio de Justicia de Bélgica

Direcciones de los establecimientos penitenciarios de Bélgica

Última actualización: 14/05/2012

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