

Buscar información por región
Esta ficha informativa se ha elaborado en colaboración con el Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE).
Una persona puede dejar bienes a otra a su fallecimiento mediante testamento. La Ley de requisitos de los actos escritos de 1995 (Escocia) exige que los testamentos otorgados con posterioridad al 1 de agosto de 1995 se hagan por escrito y lleven la firma del testador.
También puede mantenerse la propiedad de bienes muebles e inmuebles en titularidad común y a favor del superviviente (es lo que se denomina cláusula de supervivencia).
Y puede asimismo mantenerse la propiedad de bienes muebles e inmuebles en nombre propio o en nombre de terceros, con una cláusula especial de destino de los mismos o de una parte de la propiedad sobre los mismos a favor de otra persona en caso de fallecimiento.
A falta de testamento y de aplicación de la cláusula de supervivencia o de la cláusula de destino específico, la propiedad se transmite con arreglo a lo establecido en la Ley de sucesiones (Escocia) de 1964.
En Escocia no es necesario inscribir el testamento en el registro.
La propiedad de los bienes inmuebles, incluidos los amparados por una cláusula de destino especial o una cláusula de supervivencia, debe inscribirse en el Registro de Bienes Inmuebles (Register of Sasines) o en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Escocia.
Hay casos en los que la propiedad de bienes muebles, incluidos los amparados por una cláusula de destino especial o una cláusula de supervivencia, debe inscribirse en un registro (por ejemplo, en el libro registro de socios de una sociedad).
La ley escocesa reconoce al hijo, al cónyuge y a la pareja de hecho supérstite ciertos derechos sobre los bienes muebles al fallecer el progenitor, el cónyuge o la pareja de hecho, aunque el causante haya hecho testamento. Estos derechos (legal rights) constituyen la legítima. En el caso de los hijos, la legítima es un tercio de los bienes muebles del causante (dinero, acciones, etc.) si hay un cónyuge o pareja supérsite, y la mitad de dichos bienes si no lo hay. En el caso del cónyuge o pareja supérstite, la legítima es un tercio de los bienes muebles del causante (dinero, acciones, etc.) si hay hijos, y la mitad de dichos bienes si no los hay.
La Ley de sucesiones (Escocia) de 1964 establece el siguiente orden de sucesión:
(a) DERECHOS PREFERENTES (PRIOR RIGHTS)
El cónyuge viudo o pareja supérstite tienen derechos preferentes sobre la herencia del cónyuge o de la pareja de hecho causante.
Si el causante era dueño de una vivienda en la que residía el cónyuge o pareja supérstites, éste tiene derecho a la misma y a su mobiliario, con ciertos límites: Le corresponde:
(b) LEGÍTIMA (LEGAL RIGHTS)
Si queda caudal hereditario una vez satisfechos los «derechos preferentes», el cónyuge o pareja supérstite y los hijos tienen derecho a la legítima (es decir, los llamados «derechos legales») sobre los «bienes muebles» del causante, en los términos expresados en la respuesta a la anterior pregunta 3.
(c) BIENES DE LIBRE DISPOSICIÓN
Una vez satisfechos los derechos preferentes y la legítima, el resto del caudal hereditario se distribuye en el siguiente orden:
En la mayoría de las herencias, es necesario que un albacea (nombrado en el testamento o designado por el juzgado de distrito) obtenga la «confirmación» de dicho juzgado. Esta confirmación faculta al albacea para administrar el caudal hereditario que se indica en la solicitud de confirmación y para gestionar todas las cuestiones sucesorias relacionadas con el mismo.
Si hay testamento, en él se designará a los beneficiarios o la categoría de beneficiarios que deben heredar la totalidad o parte de la herencia, con la reserva de la legítima (legal rights).
Si no hay testamento, los derechos y el orden de sucesión son los establecidos en la Ley de sucesiones (Escocia) de 1964.
Si no hay testamento, la persona que cohabitaba con el causante puede solicitar también al juzgado una parte de la herencia en el plazo de seis meses desde el fallecimiento, con arreglo a lo establecido en la Ley de familia (Escocia) de 2006.
Una vez que el beneficiario adquiere un «derecho de propiedad» sobre un legado, se produce su «adjudicación». Según la Ley de sucesiones (Escocia) de 1964, la herencia se adjudica al albacea para su administración. En ese momento, el beneficiario adquiere frente al albacea un derecho personal a la entrega del objeto de su legado. Cuando el objeto del legado se entrega al beneficiario, éste adquiere un «derecho real» sobre el mismo.
El momento de la adjudicación depende de la voluntad del causante expresada en el testamento.
El albacea debe liquidar las deudas de la herencia antes de distribuir el caudal restante entre los beneficiarios. La herencia no debe distribuirse hasta transcurridos seis meses desde la fecha de fallecimiento, para que los acreedores puedan reclamar las deudas. Si un acreedor no reclama su deuda en el plazo de seis meses y el albacea reparte la herencia, los beneficiarios responden en teoría de las deudas hasta la cuantía de lo heredado.
La propiedad de los inmuebles puede transferirse a un beneficiario mediante un acto de disposición que debe inscribirse en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria de Escocia o adjuntando un documento firmado (docket) a la confirmación (o a un certificado de confirmación).
Si hay cláusula de supervivencia, la propiedad pasa automáticamente al propietario superviviente y debe adjuntarse un extracto del certificado de defunción al título de propiedad.
No todas las herencias requieren confirmación judicial: algunos tenedores de fondos los pagarán sin ella. Si se requiere confirmación, debe designarse un albacea, bien en el testamento o por el juzgado (que solicitará la designación de un executor dativ).
Una vez designado el albacea y obtenida la confirmación del juzgado, el albacea asume la administración de la herencia. En algunos casos, los tenedores de fondos transferirán la herencia del causante sin necesidad de confirmación.
No se requiere ningún documento para acreditar la situación y los derechos de los beneficiarios. El albacea que administra la herencia transferirá a los beneficiarios los bienes y derechos de la misma, para lo cual debe realizarse un acto de transmisión formal del título que, en muchos casos, ha de inscribirse en el registro. Como se ha señalado anteriormente, si hay cláusula de supervivencia, la propiedad pasa automáticamente al propietario superviviente y debe adjuntarse un extracto del certificado de defunción al título de propiedad. En el marco del proceso de confirmación en Escocia debe presentarse una declaración del impuesto de sucesiones, aunque no deba pagarse ninguna cantidad en tal concepto.
Esta página web forma parte del portal Tu Europa.
Nos gustaría recibir sus comentarios acerca de la utilidad de la información ofrecida.
El punto de contacto correspondiente realiza el mantenimiento de la versión de esta página en la lengua nacional. El correspondiente servicio de la Comisión Europea se encarga de las traducciones. Es posible que las traducciones aun no reflejen algunos de los cambios que la autoridad nacional competente haya hecho en la versión original. Ni la RJE ni la Comisión Europea asumen ningún tipo de responsabilidad con respecto a la información o los datos contenidos o mencionados en el presente documento. Véase el aviso legal para las normas sobre derechos de autor aplicables en los Estados miembros responsables de esta página.