Jurisprudencia nacional

Francia

Esta sección ofrece una visión de conjunto de las fuentes de la jurisprudencia y su contenido, así como información sobre las bases de datos correspondientes.

Contenido facilitado por
Francia

Jurisprudencia disponible en un sitio web

1. Portal general oficial: Legifrance

2. Páginas de los Tribunales:

3. Página del Ministerio de Justicia

Presentación de las resoluciones/Títulos en las bases de datos de jurisprudencia

En general, las resoluciones van precedidas de una lista de palabras clave, seguida de un sumario (o resumen) de los puntos de Derecho más importantes y las referencias a la legislación y las resoluciones anteriores.

Un ejemplo:

Los documentos del Tribunal de Casación contienen datos analíticos además de las referencias de identificación. El sumario, redactado por un magistrado de la sala que haya adoptado la resolución, resume la cuestión jurídica tratada. El título, elaborado a partir de ese resumen, es una sucesión de palabras clave clasificadas por orden de importancia. Las palabras clave utilizadas proceden de la nomenclatura del Tribunal de Casación, tal como figura en las ediciones de tablas anuales del Boletín del Tribunal y disponible bajo la rúbrica «título», y son accesibles haciendo clic en titrage en el formulario de búsqueda avanzada de la jurisprudencia civil.

Ejemplo: Tribunal de Casación, Sala de lo civil 2, Audiencia pública del jueves 18 de diciembre de 2008, Nº de recurso: 07-20238, Resolución impugnada: Tribunal de apelación de Basse-Terre de 23 de abril de 2007

Titulados y resúmenes: PROCEDIMIENTO CIVIL – Conclusiones – Conclusiones de apelación – Últimos escritos – Ámbito de aplicación

Infringe el artículo 954, párrafo segundo, del Código de procedimiento civil el Tribunal de apelación que considera abandonados las pretensiones y medios no recogidos en los últimos escritos, cuando éstos no determinen el objeto del litigio y no planteen incidentes que puedan poner fin a la instancia

PROCEDIMIENTO CIVIL – Conclusiones – Conclusiones de apelación – Últimos escritos – Conformidad con lo dispuesto en el artículo 954, párrafo segundo, del nuevo Código de procedimiento civil – Falta – Alcance
PROCEDIMIENTO CIVIL – Conclusiones – Conclusiones de apelación – Últimos escritos – Definición – Exclusión – Caso – Conclusiones que solicitan una medida de instrucción

SENTENCIAS Y RESOLUCIONES – Conclusiones – Conclusiones de apelación – Últimos escritos – Ámbito de aplicación

Precedentes jurisprudenciales: Sobre el concepto de últimos escritos con arreglo al artículo 954, párrafo segundo, del Código de procedimiento civil, cotéjese: 2ª Civ, 3 de mayo de 2001, nº 99-16.293, Bol. 2001, II, n° 87 (rechazo), y dictamen citado; 2ª Civ., 20 de enero de 2005, n° 03-12.834, Bol. 2005, II, n° 20 (casación), y las resoluciones citadas

Textos aplicados: artículo 954, párrafo segundo, del Código de procedimiento civil

Formatos en las bases de datos de jurisprudencia

¿Está disponible la jurisprudencia en los siguientes formatos: (p.ej. PDF, html, XML)? XML para las resoluciones de los órganos jurisdiccionales supremos y HTML en los demás casos.

Órganos jurisdiccionales cuya jurisprudencia se incluye

Órganos jurisdiccionales supremos

Tribunal de Casación, Consejo de Estado, Consejo Constitucional

Órganos jurisdiccionales ordinarios

Tribunales de apelación y Tribunales de apelación administrativos

Órganos jurisdiccionales especializados

Tribunal de cuentas

Procesos ulteriores

Órganos jurisdiccionales supremos

Otros órganos jurisdiccionales

¿Se ofrece información:

sobre los recursos presentados?

Sí, para el Consejo Constitucional.

En curso para el Tribunal de Casación

Reservada a las partes para el Consejo de Estado

No

sobre si el asunto sigue aún pendiente?

No

No

sobre los resultado de los recursos?

No

sobre la irrevocabilidad de la resolución?

sobre otros procesos pendientes ante

otro tribunal interno (Tribunal Constitucional, etc.)

el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

No

Normas de publicación

A escala nacional

A escala de los tribunales

¿Hay normas vinculantes para la publicación de la jurisprudencia?

No

Tribunal de Casación

De conformidad con el artículo R433-3 del Código de la organización judicial, el Servicio de documentación y estudios mantiene una base de datos que agrupa, bajo una misma nomenclatura:

  • por una parte, las resoluciones y dictámenes del Tribunal de Casación y de los órganos o comisiones jurisdiccionales dependientes de él, publicados o no en los boletines mensuales mencionados en el artículo R. 433-4,
  • por otra, las resoluciones que presentan especial interés dictadas por los demás órganos jurisdiccionales ordinarios.

A tal fin, las resoluciones judiciales que presentan especial interés son comunicadas al Servicio, en las condiciones establecidas por orden del Ministerio de Justicia, por los primeros presidentes de los Tribunales de apelación o directamente por los presidentes o magistrados responsables de la dirección de los órganos jurisdiccionales de primer grado.

La base de datos es accesible al público en las condiciones aplicables al servicio público de difusión del Derecho por Internet.

 

El Servicio de documentación y estudios mantiene otra base de datos que recoge todas las resoluciones de los Tribunales de apelación y las resoluciones jurisdiccionales de los primeros presidentes de dichos Tribunales o sus delegados. Las condiciones en las que dichas resoluciones se remiten al Servicio y son explotadas por éste se establecen mediante orden del Ministerio de Justicia.

De conformidad con el artículo R433-4, el Servicio de documentación y estudios elabora dos boletines mensuales, uno para las salas civiles y otro para la sala de lo penal, en los que se indican las resoluciones y dictámenes que ha decidido publicar el presidente de la sala que las ha dictado. El Servicio elabora tablas periódicas.

Consejo de Estado

De conformidad con el artículo L10 del Código de justicia administrativa, las sentencias son públicas, y mencionan el nombre de los jueces que las han dictado.

Órganos jurisdiccionales supremos

Otros órganos jurisdiccionales

¿Se publica la jurisprudencia completa, o sólo una selección?

Texto íntegro de todas las resoluciones en las bases de datos de acceso por Internet.

Publicación íntegra en papel de una selección de resoluciones (Tribunal de Casación y Consejo de Estado) y resúmenes de otra selección.

Publicación de los motivos en una selección de resoluciones de los Tribunales de apelación.

Si se realiza una selección, ¿qué criterios se aplican?

A elección del Tribunal.

A elección del Tribunal.

Última actualización: 13/12/2016

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