Registros mercantiles en los países de la UE

Eslovaquia

Esta sección ofrece una visión general del Registro Mercantil de Eslovaquia.

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Eslovaquia

¿Qué información contiene el Registro Mercantil?

El Obchodný register (Registro Mercantil) es un registro público que contiene información sobre los empresarios, las empresas y otras personas jurídicas, conforme a lo estipulado en la legislación.

La gestión administrativa y técnica de este registro compete al Ministerstvo spravodlivosti Slovenskej republiky [Ministerio de Justicia de la República Eslovaca].

El Registro Mercantil lo llevan los registrové súdy (tribunales registrales), esto es, el okresný súd (tribunal comarcal) de la sede de cada krajský súd (tribunal regional).

¿Es gratuito el acceso al Registro Mercantil?

El Registro Mercantil y el registro de documentos son de acceso público. La consulta y la obtención de extractos del Registro Mercantil están sujetos al pago de una tasa.

No obstante, en caso de solicitarse al tribunal registral extractos electrónicos del Registro Mercantil, copias electrónicas de un documento depositado o confirmaciones electrónicas de que un documento concreto no ha sido depositado en el Registro, su expedición electrónica no supone el pago de una tasa.

La expedición de extractos del Registro Mercantil, de copias de un documento depositado o de confirmaciones de que un documento concreto no ha sido depositado en el Registro también puede solicitarse gratuitamente a través del sistema de interconexión de los asientos centralizados, mercantiles y de sociedades (sistema de interconexión BRIS).

¿Cómo buscar en el Registro Mercantil?

El buscador está disponible en eslovaco y en inglés.

En el Registro Mercantil se puede buscar por:

¿En qué medida son fiables los documentos que figuran en el Registro Mercantil?

La Ley n.º 513/1991, relativa al Código de Comercio (Zákon č. 513/1991 Zb. Obchodný zákonník), en su versión modificada, prevé las situaciones en las que los datos inscritos en el Registro Mercantil y, en su caso, el contenido de los documentos en él depositados son oponibles a terceros.

Los datos inscritos en el Registro Mercantil tienen eficacia ante terceros desde la fecha de su publicación. El contenido de los documentos que debe publicarse por ley es efectivo respecto de terceros desde la fecha de publicación en el Obchodný vestník (Boletín Oficial Mercantil) de que los documentos han sido depositados.

A partir de ese momento, los datos o el contenido de los documentos hechos públicos se pueden oponer a terceros. Esto no se aplica en el caso de que una persona jurídica registrada pueda demostrar que un tercero conocía previamente tales datos o documentos.

Sin embargo, una persona jurídica registrada no puede oponer a un tercero los datos o el contenido de los documentos hechos públicos en el plazo de quince días desde su publicación si el tercero puede demostrar que no podía conocer los datos o el contenido de los documentos.

Por consiguiente, trascurrido este plazo, podrán oponerse frente a terceros los datos inscritos y el contenido de los documentos depositados en el Registro.

Los terceros siempre podrán oponer el contenido de los documentos o los datos que aún no hayan sido inscritos o depositados en el Registro Mercantil, a menos que estos surtan efectos únicamente tras la inscripción registral.

En caso de discrepancia entre los datos inscritos y los publicados, o entre el contenido de los documentos depositados y de los publicados, la persona jurídica registrada (sociedad mercantil) solo podrá basarse en la versión publicada para oponerla frente a terceros. No obstante, si la sociedad mercantil demuestra que el tercero conocía el contenido de los datos registrados o de los documentos depositados, podrá oponerlos frente a terceros.

Historia del Registro Mercantil

El Registro Mercantil se creó en 1992, a raíz de la adopción del Código de Comercio, y reemplazó al anterior podnikový register (Registro de Sociedades).

El Código de Comercio (artículos 27 a 34) reguló el ámbito de aplicación del Registro Mercantil hasta 2004.

El 1 de febrero de 2004 entró en vigor la Ley especial n.º 530/2003, relativa al Registro Mercantil y por la que se modifican otras leyes, que introdujo nuevos requisitos jurídicos en relación con el Registro Mercantil. En virtud de esta Ley, se suprimió parte de la regulación del Registro Mercantil recogida en el Código de Comercio.

En la actualidad, la información del Registro Mercantil se puede consultar en formato electrónico. Los documentos se conservan en papel y en formato electrónico. (Desde el 1 de octubre de 2020, el registro de documentos se efectúa en formato electrónico, salvo disposición en contrario de la Ley n.º 530/2003, relativa al Registro Mercantil).

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Última actualización: 25/04/2022

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